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Osakidetza deberá pagar 55.938 euros a una paciente oncológica por gastos de tratamiento privado

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratifica que Osakidetza debe reembolsar los gastos de un tratamiento oncológico no financiado en su momento

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado que Osakidetza deberá abonar a una paciente oncológica la cantidad de 55.938,76 euros por los gastos derivados de un tratamiento en una clínica privada. La paciente, diagnosticada de cáncer de mama, decidió seguir un tratamiento alternativo tras consultar una segunda y tercera opinión médica en centros privados.

El fallo del TSJPV desestima el recurso interpuesto por Osakidetza y ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao, que condenaba al Departamento de Salud del Gobierno vasco a devolver a la paciente los gastos del tratamiento, consistente en trastuzumab emtansina (TDM1), que en ese momento no estaba cubierto por la sanidad pública.

El tratamiento no estaba financiado en el momento de su administración, lo que llevó a la paciente a recurrir a los tribunales.

La paciente optó por un tratamiento más eficaz según los especialistas

Tras someterse a una mastectomía en marzo de 2020, la paciente recibió el tratamiento estándar recomendado por Osakidetza, pero buscó una segunda y tercera opinión en la Clínica Universitaria de Navarra y el IMQ. En ambos centros, los especialistas coincidieron en que el tratamiento con TDM1 era una opción más adecuada para su caso, pese a no estar financiado en ese momento. La paciente decidió iniciar este tratamiento en abril de 2020, cubriendo los gastos de su propio bolsillo.

El Ministerio de Sanidad no aprobó la financiación del TDM1 hasta mayo de 2021, momento en el cual Osakidetza comenzó a ofrecerlo. Sin embargo, la paciente ya había completado su tratamiento en abril de ese mismo año, lo que la llevó a reclamar el reembolso de los costes asumidos.

La sentencia marca un precedente importante en el reembolso de tratamientos no financiados

El TSJPV ha considerado que la paciente actuó de acuerdo con los principios médicos disponibles y que su decisión de buscar un tratamiento alternativo fue justificada. Esta sentencia abre la puerta a posibles reclamaciones futuras por parte de otros pacientes que opten por tratamientos no financiados en su momento pero que resulten más eficaces para sus condiciones médicas. Osakidetza deberá ajustar su postura respecto a estos casos en el futuro, para evitar litigios similares.

La paciente solicitó el reembolso en enero de 2023, pero Osakidetza rechazó su petición, lo que motivó que la afectada recurriera a los tribunales. El TSJPV ha puesto fin a la disputa, obligando al sistema público vasco a devolver los gastos de este tratamiento oncológico.