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La DGT reduce la tasa máxima de alcoholemia ¿ Da + una cerveza ?

Con una sola cerveza ya podrías dar positivo

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aprobado una nueva normativa que reduce drásticamente los límites máximos de alcoholemia permitidos al volante en España. La medida, impulsada por el PSOE y aprobada en el Congreso, ha generado un encendido debate entre conductores y expertos, al endurecer de manera significativa las restricciones relacionadas con el consumo de alcohol.

¿Cuáles son los nuevos límites de alcoholemia?

La normativa establece una importante reducción en los valores permitidos de alcoholemia, unificando las tasas para todos los conductores:

  • Conductores generales: Límite reducido de 0,25 mg/l a 0,1 mg/l en aire aspirado (de 0,5 g/l a 0,2 g/l en sangre).
  • Conductores noveles y profesionales: Límite reducido de 0,15 mg/l a 0,1 mg/l en aire aspirado (de 0,3 g/l a 0,2 g/l en sangre).

En la práctica, esto significa que incluso consumir una pequeña cantidad de alcohol, como una cerveza o una copa de vino, podría hacer que los conductores superen el límite permitido.

DGT alcoholemia

Declaraciones de Pere Navarro

El director de la DGT, Pere Navarro, justificó la medida afirmando que busca maximizar la seguridad vial, aunque reconoció no haber implementado una tasa 0,0 debido a posibles conflictos legales. “Es una tasa que equivale a un 0,0 en la práctica, pero no podemos imponerlo por cuestiones normativas”, explicó.

Las declaraciones han generado opiniones encontradas, con sectores que elogian el esfuerzo por reducir accidentes relacionados con el alcohol, mientras otros consideran que las restricciones son excesivas y podrían penalizar comportamientos moderados.

Multas y sanciones: ¿qué ocurre si das positivo?

La nueva normativa también establece sanciones más severas según el nivel de alcoholemia detectado:

  • Entre 0,1 mg y 0,25 mg en aire (0,1 g a 0,4 g en sangre): Multa de 200 € (100 € con pronto pago) y pérdida de 2 puntos del carnet.
  • Entre 0,26 mg y 0,5 mg en aire (0,5 g a 1 g en sangre): Multa de 500 € (250 € con pronto pago) y pérdida de 4 puntos.
  • Más de 0,51 mg en aire (1,01 g en sangre): Multa de 1.000 € (500 € con pronto pago) y pérdida de 6 puntos.
  • Más de 0,6 mg en aire (1,2 g en sangre): Sanción penal que incluye prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos comunitarios, además de retirada del carnet por hasta 4 años.
  • Negarse a realizar la prueba: Prisión de 6 meses a 1 año y retirada del carnet por hasta 4 años.

Impacto en los conductores

La medida supone un cambio drástico en la forma de afrontar el consumo de alcohol antes de conducir. Una sola bebida alcohólica podría superar los nuevos límites, obligando a los conductores a modificar hábitos y a ser más conscientes de los riesgos.

Entrada en vigor y reacción de los conductores

Aunque la normativa fue aprobada en octubre de 2024, aún no tiene una fecha exacta de aplicación. Se espera que entre en vigor a lo largo de 2025.

Las opiniones están divididas: algunos consideran que estas restricciones son necesarias para garantizar la seguridad vial, mientras que otros opinan que penalizan en exceso comportamientos moderados. Lo que está claro es que esta nueva normativa plantea un cambio profundo en la relación de los conductores con el alcohol y el volante.

Retrato referencial de Isabel Díaz Ayuso relacionado con el tema de amnistía.