El medio dirigido por Javier Negre deberá pagar 5.000 euros por vulnerar la privacidad de una menor
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 5.000 euros a EDA TV, el medio de comunicación dirigido por Javier Negre, por la publicación no autorizada de fotografías de la hija del ministro de Transportes, Óscar Puente, cuando esta era menor de edad. La publicación, que generó una gran polémica y numerosas reacciones en redes sociales, incluía insinuaciones falsas que vincularon al ministro con actos de infidelidad y prostitución, lo que provocó una ola de comentarios negativos hacia Puente.
Los titulares utilizados por EDA TV, como “Cazan a Óscar Puente con otra mujer” o “Pillado en el MadCool con una mujer que no es la misma con la que se le ha visto antes”, insinuaban de manera capciosa una relación inapropiada entre el ministro y la joven, que en realidad era su hija.
La respuesta de Óscar Puente y la resolución de la AEPD
Tras la publicación de estas noticias, Óscar Puente no dudó en tomar acciones legales contra EDA TV, presentando una demanda que finalmente ha resultado en la sanción económica por parte de la AEPD. La Agencia ha concluido que el medio de comunicación violó el artículo 5.1.c del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), al tratar de manera ilícita los datos personales de la menor.
El comunicado de la AEPD es contundente en su crítica hacia el medio, señalando que incluso meses después de la publicación original, la noticia seguía disponible en el canal de Telegram de EDA TV. FACUA, la organización de consumidores, corroboró que el contenido aún estaba accesible, a pesar de las claras violaciones de privacidad involucradas.
La importancia de proteger la imagen de los menores en los medios de comunicación
La resolución de la AEPD subraya que la publicación de imágenes de menores en medios de comunicación requiere un cuidado extremo, incluso si se cuenta con el consentimiento de los representantes legales del menor. En este caso, la AEPD destaca que el consentimiento del menor maduro o de sus representantes no hubiera sido suficiente para legitimar la difusión de las imágenes, debido al riesgo de daño al interés del menor.
La sanción impuesta a EDA TV por la AEPD envía un mensaje claro sobre la importancia de respetar la privacidad de los menores y las graves consecuencias que pueden derivarse de su vulneración. La resolución destaca la necesidad de que los medios de comunicación actúen con responsabilidad y ética al tratar con información personal, especialmente cuando se trata de menores de edad.