El Tribunal Supremo ha decidido mantener la orden de detención contra Carles Puigdemont. La publicación de la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado ha generado diversas reacciones y acciones judiciales.
El Tribunal Supremo (TS) ha acordado mantener la orden de detención contra el expresidente catalán Carles Puigdemont, a pesar de la reciente publicación de la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El juez Pablo Llarena ha dado un plazo de cinco días a la Fiscalía y a las defensas para que se pronuncien sobre la aplicación de la amnistía en los casos del procés.
Esta decisión afecta directamente a los procedimientos penales relacionados con el proceso independentista catalán. En primer lugar, está la causa especial 20907/2017, conocida como la causa del procés, que incluye a Puigdemont y a los exconsejeros catalanes procesados en rebeldía, así como a Oriol Junqueras y otros líderes independentistas condenados en 2019 por delitos de desobediencia y malversación.
Reacciones de la Fiscalía y revisiones pendientes
Además de mantener la orden de detención, el TS ha dictado una serie de providencias solicitando a la Fiscalía y a las defensas que se pronuncien sobre la revisión de los casos del procés bajo la nueva ley de amnistía. Fuentes fiscales han indicado que el Ministerio Público responderá a las consultas específicas de los tribunales, sin emitir un informe general sobre la ley de amnistía.
Los fiscales del procés —Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno— deberán informar a la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, y al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, antes de responder a los magistrados de la Sala de lo Penal del TS. Las decisiones finales sobre la aplicación de la amnistía serán clave para determinar el curso de los casos judiciales relacionados con el proceso independentista.
Discrepancias en la aplicación de la amnistía
El criterio de los cuatro fiscales del procés ya se conocía desde el pasado 30 de mayo, cuando en una reunión con el jefe del Ministerio Público, expresaron su desacuerdo en aplicar la amnistía a Carles Puigdemont por el delito de malversación. En un documento entregado al final de la reunión, los fiscales argumentaron que Puigdemont actuó con ánimo de lucro, afectando los intereses financieros de la UE.
En caso de discrepancia entre los fiscales del procés y el fiscal general del Estado, los fiscales podrían invocar el artículo 27 del Estatuto Orgánico, elevando el asunto a la Junta de Fiscales. El fiscal general tiene el poder de hacer prevalecer su criterio tras escuchar a la junta, según lo estipula el Estatuto. Este proceso será fundamental para definir el alcance de la amnistía y su aplicación a los líderes del proceso independentista.