El tertuliano expresa su preocupación sobre las implicaciones de la declaración del presidente ante el juez
Este martes, 30 de julio, ha sido un día significativo en la política española, con el presidente Pedro Sánchez citado a declarar ante el juez Juan Carlos Peinado en calidad de testigo en un caso que involucra a su esposa, Begoña Gómez, por presunto tráfico de influencias y corrupción en negocios.
El juez Peinado se desplazó hasta el Palacio de La Moncloa para tomar la declaración de Sánchez, acompañado por las defensas de los otros investigados: el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache. En el programa, Miró destacó lo inusual de la situación, afirmando que nunca antes un juez había tenido que presentarse en La Moncloa para obtener la declaración de un presidente del Gobierno.
Un espectáculo judicial
Durante el debate en Espejo Público, Gonzalo Miró calificó el proceso como un espectáculo. Según Miró, hay una sobreactuación por parte de varias personas involucradas en el caso, y consideró la actuación del juez Peinado como innecesaria y motivada por un deseo de protagonismo. Expresó su incredulidad ante la situación, señalando que no ha escuchado a ningún magistrado defender la acción del juez.
Miró también sugirió que el verdadero objetivo de esta situación es la imagen de Pedro Sánchez sentado frente al juez en La Moncloa. Para él, esta imagen es lo que realmente se busca, más allá de la sustancia del caso en sí. Insistió en que el proceso parece estar orquestado para generar un impacto mediático.
La querella de Sánchez contra el juez Peinado
En respuesta a las acciones del juez, Pedro Sánchez ha presentado una querella por presunto delito de prevaricación contra Juan Carlos Peinado. La Abogacía General del Estado ha llevado el caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, argumentando que la citación y la negativa a permitir que Sánchez declarara por escrito contravienen la normativa.
La querella sostiene que la declaración de Sánchez debía haberse realizado por escrito, conforme a su condición de presidente del Gobierno, tal como establece la ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882. La Abogacía defiende que la ley ofrece garantías específicas al presidente que no fueron respetadas en este caso.