El estado de alarma nacional ha obligado a la paralización de multitud de actividades pero la declaración de la renta sigue su curso
Si has tenido ingresos este año, seguramente hoy habrás pensado que comienza el plazo para hacer tu declaración de la renta como cada año. Pero es que este es distinto a todos los demás. Y es que las reglas de confinamiento por la crisis del coronavirus, han hecho que estas se modifiquen para los contribuyentes españoles. Aunque realmente no son muchas las cosas que cambian, pero las que son debemos tenerlas muy claras.
En primer lugar, la fecha a partir de la cual puedes presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se mantiene tal y como ha sido en años anteriores. Es decir, a partir del día 1 de abril puedes presentarla a través de la web de la Agencia Triburaria. Eso sí, si queremos ir a una de sus oficinas a que nos ayude un funcionario, no podremos hacerlo hasta el día 13 de mayo. Hasta entonces estas permanecen cerradas.
Y esto se mantendrá siempre y cuando no cambien las normas de confinamiento por la crisis del coronavirus. Para ello, será necesario pedir cita previa, lo cual se podrá efectuar el día 5 de mayo. Por otro lado, si lo que quieres es presentar tu declaración por teléfono, tendrás que pedir también cita a partir del mismo día.
Es importante que tengáis en cuenta que estas medidas solo han sido aplicadas para el impuesto del IRPF, ya que como hemos podido saber por parte del gobierno, sí que han pospuesto otros pagos de impuestos debido al estado de alarma nacional.
Por último, aunque el plazo para presentar el IRPF no ha sido modificado, el gobierno ha asegurado que se reforzarán los medios telemáticos para asegurar el buen funcionamiento de estas medidas. Además, si te sale a devolver, han afirmado que recibirás el dinero en tan solo una semana.