Un juez desestima los recursos de la entidad cántabra que ejerce de heredera en esta situación
La Justicia ha vuelto a ser muy clara en relación a los bonos que adquirieron antiguos clientes del Banco Popular. Ahora el Banco Santander, en calidad de heredero de la entidad, ha visto cómo perdía el recurso al entender el juez que los clientes no tenían la información fidedigna ni estaban obligados a saberlo por profesión.
Porque la Justicia ha ido un paso más allá y ha incluido como perjudicados a los que, años antes, compraron bonos canjeables. A esa conclusión ha llegado un juzgado de Ripoll en un fallo que permitirá a los demandantes a recuperar la fallida inversión realizada en 2009.
Las razones del Juzgado de Ripoll
El juez determina que los dos clientes del Banco Popular que ahora recuperarán la inversión realizada en 2009, no tenían una información veraz ni fidedigna de cual era la verdadera situación entonces. Además, debido a su profesión no vinculada al sector financiero, son panaderos, tampoco tenían obligación de saberlo.
La sentencia echa para atrás el recurso presentado por el Santander, que ahora representa al Banco Popular en calidad de heredero. Pero no solamente le da la razón a estos dos clientes. La sentencia abre la posibilidad de que otros muchos clientes del Popular pidan también explicaciones.
Los clientes del Banco Popular recuperan 32.000 euros de los bonos
De momento, los clientes demandantes recibirán los 32.000 euros que invirtieron en su día en bonos canjeables del Banco Popular. El Santander, por tanto, se expone a que otros clientes quieran también recuperar las pérdidas, en una guerra que parece que perderá Ana Botín.
No obstante hacen falta varios requisitos para que una demanda así prospere. Porque de momento los que han vencido la demanda han recibido el apoyo del juez por tratarse de panaderos, que por profesión nada tienen que qué saber del sector financiero y por tratarse del banco de confianza de toda la vida.